SUCESIONES / HERENCIAS (EN CABA Y PROVINCIA DE BS. AS.)

El fallecimiento de una persona causa la apertura de su sucesión y la transmisión de su herencia a las personas llamadas a sucederlo.

Entonces la Sucesión es la transmisión del conjunto de bienes, derechos y obligaciones del difunto a uno o varios herederos.

Es un proceso judicial que tramita ante los Tribunales del Fuero Civil, y necesita ser tramitada con el patrocinio de un abogado o mediante apoderado.     

Como Estudio contamos con abogados especializados en Sucesiones, con matrícula tanto en Capital Federal como Provincia de Buenos Aires. 

Un solo heredero es suficiente para que se pueda iniciar la sucesión, debiendo en su caso indicarse la existencia de otros herederos, a quienes se lo citará para hacer valer sus derechos.

Existen dos (2) tipos de Sucesiones:

  • Sucesión sin testamento (“Ab Intestato”):
    • Cuando el fallecido no deja un testamento la ley le atribuye el derecho a los parientes más cercanos que se denominan herederos “forzosos” y “no forzosos” según el caso:
      • Forzosos 🡪 descendientes, ascendientes y cónyuge. No pueden ser privados de la herencia salvo que exista una causa grave que lo permita.
      • No forzosos 🡪 colaterales, consanguíneos hasta el cuarto grado, es decir hermanos, tíos, sobrinos y primos hermanos.


  • Sucesión con testamento (Testamentaria):
    • Cuando el fallecido o causante realiza un testamento en el cual señala la forma de distribución de los bienes.
    • Ante un testamento, los herederos pueden ser de tres (3) clases:
      • Universal: Es aquel que tiene derecho “al todo”.
      • De cuota: recibe un porcentaje de la herencia.
      • Legatarios: es aquel que recibe un bien determinado.


DOCUMENTACIÓN NECESARIA EN UNA SUCESIÓN:

  • Partida de defunción del fallecido.
  • Partida de nacimiento de los hijos que estén vivos y partida de defunción si alguno falleció antes.
  • Partida de matrimonio si estaba casado/a.
  • Partida de defunción del cónyuge si era viudo/a.
  • Partidas que acrediten los vínculos si se tratara de otros parentescos.
  • Todos los datos personales e impositivos de los herederos, como ser: Nombres y Apellidos, N° de DNI, domicilio completo, estado civil y CUIT/CUIL, fecha de nacimiento, nombre del padre y nombre y apellido de la madre.
  • Fotocopia de Títulos de Propiedad de inmueble/s (en caso de ser necesario se le solicitarán los originales que serán devueltos en su momento).
  • Una Boleta de ABL o ARBA del año en curso, de los Inmuebles que se incluyan en la sucesión, todo ello a fines del pago de la Tasa Judicial que es un porcentaje (%) de dicha valuación, que puede ser el 1,5% y/o 2,2% según la Jurisdicción que corresponda.
  • Cualquier otra documentación que acredite cuentas bancarias, derechos, acciones, etc.

Es normal no contar con toda la documentación, en ese caso lo asesoraremos y nos pondremos a su disposición a fin de reunir los documentos necesarios para poder dar curso al juicio sucesorio.

GASTOS EN UNA SUCESIÓN:

  • Bono Profesional
  • Ius Previsional
  • Tasa de Justicia
  • SobreTasa de Justicia
  • Certificados de Dominio e Inhibición
  • Certificados de Libre Deuda
  • Edictos (Sucesiones Ab-Intestato)
  • Estado Parcelario (de ser necesario)
  • Gastos de inscripción en los Registros
  • Ingresos Brutos (si la sucesión tramita en la Provincia de Buenos Aires los honorarios están sujetos a una alícuota del 3,5% de los Honorarios, los que serán soportados por el Cliente)
  • Aportes Caja de Abogados (si la sucesión tramita en la Provincia de Buenos Aires los Honorarios del abogado están sujetos a un aporte del 15% de los honorarios, los que serán soportados por el Cliente)


HONORARIOS EN UNA SUCESIÓN:

Los honorarios del abogado que realiza la sucesión oscilan en la Ciudad de Buenos Aires entre el 11 y el 20 % del valor real de los bienes. En cambio en la Provincia de Buenos Aires, van del 7 al 25 % de la valuación fiscal.

Ponemos a disposición de los clientes una amplia variedad de formas y condiciones de pago para abonar los honorarios profesionales por el servicio jurídico prestado.

Los honorarios corresponden al trabajo efectuado por el abogado, y en ese monto y porcentajes, no se incluyen los gastos que pudiera tener el proceso sucesorio.

Para ser lo más claros posible previa entrevista con nosotros, le haremos llegar por escrito un presupuesto completo, con todos los gastos del trámite sucesorio por el que nos consulta y de los honorarios de dicho proceso.

Siempre recomendamos firmar un Convenio de Honorarios por anticipado, con esto evitamos sorpresas respecto a la regulación de honorarios que realizará el Juez en caso de no contar con dicho convenio.